¿Qué es un programa de educación individualizado o “IEP”?

¿Qué es un programa de educación individualizado o “IEP”?

Un IEP es una descripción detallada de la instrucción y los servicios que necesita un estudiante con discapacidades para recibir una educación significativa. El programa de educación individualizado, o IEP, es un documento que describe los servicios de educación especial específicos que recibirá un niño. Un IEP es un documento legal y los estudiantes tienen derecho a recibir todos los servicios descritos en el IEP. Un IEP debe adaptarse a un niño y sus necesidades educativas, y puede incluir estrategias creativas para brindar servicios.

El IEP debe incluir:

  • Una declaración de los niveles actuales de desempeño educativo y funcional del estudiante: cómo le está yendo al estudiante
  • Metas educativas anuales
  • Una declaración de cómo se medirá el progreso del niño y cuándo se proporcionarán informes periódicos sobre el progreso del niño
  • Descripciones de todos los servicios que un niño recibirá en el salón de clases de educación general y en un ambiente de educación especial
  • Una descripción de los "servicios relacionados" que recibirá el estudiante, como terapia del habla y del lenguaje, transporte y asesoramiento.
  • Una descripción de todas las modificaciones del programa que se proporcionarán, como materiales de lectura modificados, un lector para exámenes y otras tareas, una grabadora para conferencias, etc.
  • Una determinación de si el estudiante necesita dispositivos y servicios de tecnología de asistencia. La tecnología de asistencia se refiere a equipos o sistemas que mejoran o mantienen las capacidades del estudiante y pueden incluir elementos producidos comercialmente, como una computadora o un teclado personalizado.
  • Una decisión sobre la elegibilidad para la educación física adaptada y, si es elegible, cómo se proporcionará
  • Una descripción de cómo el estudiante participará en las clases y actividades de educación general, y si no, por qué
  • Cualquier adaptación que tendrá el estudiante para tomar los servicios del año escolar extendido, si el equipo del IEP lo determina necesario
  • Intervenciones aversivas, si las hubiere, requeridas para el estudiante
  • La ubicación, duración y frecuencia de los servicios que se prestarán
  • Fechas en las que comenzarán los servicios
  • Comenzando no más tarde que el IEP para que entre en vigencia cuando el estudiante cumpla 16 años, o antes si el equipo del IEP lo determina apropiado: 1) metas postsecundarias medibles apropiadas y 2) servicios de transición necesarios para ayudar al estudiante a alcanzar esas metas.

Además, los estudiantes que toman evaluaciones alternativas también deben tener lo siguiente incluido en su IEP:

  • Una descripción de puntos de referencia u objetivos a corto plazo
  • Una declaración de por qué el estudiante no puede participar en la evaluación regular
  • Una declaración de por qué la evaluación alternativa en particular es apropiada para el estudiante.

¿Qué tan pronto después de la evaluación inicial mi hijo obtendrá un IEP si es elegible para educación especial?

Dentro de los 30 días calendario posteriores a la decisión de que un estudiante es elegible para educación especial, se debe realizar una reunión del IEP. Una vez que un distrito escolar determina que un estudiante es elegible para recibir servicios de educación especial, el distrito tiene 30 días calendario (no días escolares) para realizar una reunión del IEP y desarrollar un plan individualizado para el estudiante.

¿Quién desarrolla el IEP?

El equipo del IEP está formado por personas que pueden ayudar a diseñar el programa educativo del estudiante. Un equipo de personas es responsable de redactar y aprobar el IEP. Las siguientes personas forman parte del equipo del IEP y, por lo general, deben estar presentes en todas las reuniones del IEP:

  • Padre o guardián
  • Al menos uno de los maestros de educación general del estudiante (si el estudiante participa o puede participar en el entorno de educación general)
  • Al menos uno de los maestros de educación especial del estudiante o, en su caso, proveedor de educación especial
  • Un representante del distrito que esté calificado en la educación de niños con discapacidades y conozca el plan de estudios general y los recursos disponibles (como un director de educación especial)
  • Una persona que pueda interpretar los datos de la evaluación (puede ser una de las personas mencionadas anteriormente o el psicólogo de la escuela)
  • A discreción de los padres o del distrito, otras personas que tengan conocimiento o experiencia especial con respecto al niño
  • El estudiante (si corresponde)
  • Proveedores de servicios de transición (como especialistas vocacionales o alguien de una agencia externa como la División de Discapacidades del Desarrollo (DDD)).

Otras personas pueden estar en el equipo del IEP. La ley permite específicamente que otros que “tengan conocimiento o experiencia especial con respecto al niño” participen en el equipo del IEP. Esto significa que el equipo del IEP puede incluir familiares, amigos de la familia, miembros de la comunidad, terapeutas y defensores. El distrito o los padres deciden quién tiene conocimiento o experiencia con respecto al niño. Si hay personas que cree que deberían incluirse en el equipo del IEP de su hijo, asegúrese de informar a la escuela para que puedan ser invitadas. Sin embargo, según IDEA y la ley estatal de educación especial, es posible que no se requiera que los miembros del equipo del IEP estén presentes en todas las circunstancias. No se requiere que un miembro del equipo del IEP mencionado anteriormente asista a la reunión del IEP si el área de currículo del miembro no es un tema de la reunión y el padre y el distrito escolar acuerdan por escrito que su asistencia no es necesaria. Por ejemplo, es posible que no se requiera que un proveedor de habla y lenguaje asista si los servicios de habla y lenguaje no son el tema de la reunión del IEP y los padres y el distrito escolar acuerdan por escrito que el proveedor de habla y lenguaje no necesita asistir porque el propósito de la reunión es para discutir el plan de intervención del comportamiento del estudiante solamente. Además, los miembros del equipo IEP pueden ser excusados ​​de la reunión INCLUSO SI la reunión involucra una modificación o discusión del área del miembro del equipo si el padre y el distrito escolar están de acuerdo por escrito. Sin embargo, el miembro del equipo del IEP excusado debe enviar información por escrito sobre el desarrollo del IEP tanto a los padres como al distrito escolar antes de la reunión.

¿Cómo sé cuándo se reunirá el equipo del IEP?

El distrito debe notificar a los padres el propósito de la reunión del IEP, la hora y el lugar, y quién asistirá. El distrito debe dar aviso con suficiente antelación para asegurarse de que los padres tengan la oportunidad de asistir. La reunión debe programarse en un lugar y hora de mutuo acuerdo. Si los padres y el distrito escolar están de acuerdo, las reuniones también se pueden realizar por teléfono o videoconferencia.

¿Qué puedo aportar al IEP?

Los aportes de los padres y otras personas que conocen al estudiante y se preocupan por su éxito son clave para crear un programa de educación especial eficaz. Los padres son una parte esencial del equipo del IEP y pueden tener buenas ideas sobre otras personas útiles para incluir. El equipo del IEP debe considerar las limitaciones al crear un plan. Debe informar a la escuela si hay otras personas que cree que pueden contribuir a este proceso. Una parte importante de su función como defensor es analizar el programa educativo y los servicios que ofrece el distrito escolar. Por ejemplo, ¿son razonables las metas y los objetivos dado su conocimiento de las capacidades de su hijo? ¿Los tipos de servicios recomendados por el distrito harán una diferencia para su hijo? Si tiene sugerencias para mejorar el plan de educación, debe expresarlas en la reunión del equipo del IEP. También puede agregar una nueva perspectiva y creatividad al proceso. Piense en formas de involucrar a su hijo que los educadores pueden no haber considerado. Por ejemplo, si una recompensa de una actividad especial o tiempo deportivo motiva a su hijo a hacer las tareas del hogar, entonces se podría implementar una recompensa similar por completar las tareas en la escuela. O tal vez sepa que su hijo tiene dificultades cuando hay muchas distracciones, gente y ruido. Podría sugerir que su hijo cambie de clase antes o después de que lo hagan el resto de los estudiantes.

¿Cómo aborda el IEP los problemas de comportamiento?

El IEP debe incluir una evaluación del comportamiento funcional y un plan de intervención del comportamiento si existen problemas de comportamiento. Para un estudiante cuyo comportamiento interfiere con su aprendizaje o el de otros estudiantes, el IEP debe proporcionar metas y objetivos para mejorar el comportamiento y estrategias para abordar el problema. Es importante recordar que el comportamiento de un estudiante puede estar relacionado con su discapacidad. El IEP debe anticipar los problemas de comportamiento y crear formas efectivas de responder a esos problemas antes de que ocurran.

¿Cuándo se revisa o revisa un IEP?

Al menos una vez al año, pero con más frecuencia si un miembro del equipo del IEP lo solicita. Los IEP deben revisarse al menos una vez al año. Sin embargo, un distrito debe seguir un IEP incluso si está vencido para su revisión. Al final del año, el equipo del IEP debe reunirse para revisar el programa educativo y determinar si se están logrando las metas anuales del estudiante. El IEP debe revisarse si el estudiante no ha mostrado progreso académico o si se pone a disposición nueva información sobre el estudiante. El IEP también debe anticipar las necesidades cambiantes del estudiante a medida que madura. El IEP también se puede revisar en cualquier momento a pedido de un miembro del equipo o cuando las circunstancias hayan cambiado. Sin embargo, bajo IDEA y la ley estatal de educación especial, ahora se pueden hacer cambios al IEP de un niño después de la reunión de revisión anual sin convocar una reunión del IEP si el padre y el distrito están de acuerdo en hacerlo. En este caso, se puede usar un documento escrito para enmendar o modificar el IEP del niño. A pedido de los padres, el distrito escolar debe proporcionarles una copia revisada del IEP que incluya las enmiendas. Si cree que el IEP o los servicios de educación especial de su hijo han cambiado, solicite al Distrito una copia del IEP más reciente, incluidas las enmiendas escritas que se hayan realizado mediante acuerdo. Bajo IDEA, también se alienta a los distritos escolares a reducir la cantidad de reuniones de IEP realizadas para cada estudiante por año fomentando la consolidación de las reuniones del equipo de IEP.

¿Qué sucede si se realizan cambios en el IEP de mi hijo sin mi permiso?

Hable con la escuela de inmediato acerca de sus inquietudes. Usted es parte del Equipo IEP y debe ser incluido en todas las decisiones sobre la programación de educación especial de su hijo. Si no puede resolver un desacuerdo de manera informal hablando con el personal de la escuela, lea la Sección VII Resolución de disputas en esta publicación para obtener más opciones.

Cuando mi hijo califia para educación especial, ¿hay alguna evaluación adicional?

Sí, los estudiantes con discapacidades deben ser evaluados al menos una vez cada tres años y con más frecuencia si es necesario. Aunque el IEP debe revisarse una vez al año, no es necesario que las reevaluaciones de los estudiantes con discapacidades se realicen con tanta frecuencia. Las reevaluaciones deben ocurrir al menos una vez cada tres años. Un padre y el distrito escolar pueden acordar que no es necesaria una reevaluación de tres años. Sin embargo, estas evaluaciones de tres años a menudo brindan a los padres y distritos escolares información valiosa sobre cómo le está yendo a un estudiante. ¡Imagínese los cambios que experimenta un estudiante en los tres años desde la escuela primaria hasta la secundaria! Piénselo cuidadosamente antes de aceptar no volver a evaluar a su hijo porque muchas cosas pueden haber cambiado en los tres años que han pasado desde la última evaluación. Un estudiante puede ser reevaluado antes si el distrito escolar determina que las necesidades educativas y de servicio del niño justifican una reevaluación (esto incluye circunstancias en las que el niño ha mejorado) o si el padre o el maestro solicita una reevaluación. Sin embargo, las reevaluaciones no pueden ocurrir con más frecuencia que una vez al año, a menos que los padres y el distrito acuerden que es necesaria una evaluación. Los propósitos de una reevaluación son determinar:

  1. Si el estudiante continúa cumpliendo con los criterios de elegibilidad
  2. Qué servicios adicionales se necesitan para alcanzar las metas del IEP
  3. Los niveles actuales de rendimiento académico y las necesidades de desarrollo relacionadas del estudiante.

El equipo del IEP debe revisar los datos de evaluación existentes para el estudiante y decidir qué pruebas adicionales, si las hay, se necesitan para abordar los tres problemas enumerados anteriormente.

¿Dónde recibirá mi hijo con discapacidad los servicios descritos en su IEP?

Los estudiantes con discapacidades deben ser educados en el entorno educativo menos restrictivo, y eso puede significar una clase de educación general. Un principio esencial de IDEA es que los estudiantes con discapacidades deben ser incluidos en el programa de educación general tanto como sea posible y no excluidos ni educados por separado. Los niños con discapacidades tienen derecho a ser educados en el entorno menos restrictivo. Esto significa que un equipo del IEP debe considerar educar y brindar servicios a un estudiante en el mismo entorno que los estudiantes sin discapacidades para actividades académicas, no académicas y extracurriculares. Un estudiante con discapacidades puede ser retirado del entorno del salón de clases de educación general solo si las necesidades son tan graves o perturbadoras que él o ella no pueden progresar en su educación, incluso con apoyo y servicios adicionales en el salón de clases de educación general. No todos los estudiantes con discapacidades pueden tener éxito en un salón de clases de educación general sin apoyo. Algunos estudiantes necesitan ayuda individual de un asistente del maestro en la clase, o modificaciones del currículo, materiales o métodos de instrucción. Otros estudiantes requieren un entorno completamente diferente, como una escuela diurna especial o instrucción en el hogar. Cada distrito escolar debe asegurarse de que haya una variedad de entornos educativos disponibles para los estudiantes con discapacidades, ya que algunos estudiantes con discapacidades necesitan más de lo que se puede ofrecer en un entorno de educación general. Los estudiantes deben ser educados en el entorno educativo más cercano al salón de clases de educación general, pero que aún permitirá que el estudiante progrese académicamente. Esta gama de entornos educativos a veces se denomina continuidad de ubicaciones y puede incluir las opciones descritas en el cuadro de la izquierda.

¿Qué sucede si mi hijo tiene un IEP y nos mudamos durante el año escolar?

  1. Mudanzas dentro del estado: El nuevo distrito escolar debe brindarle al estudiante servicios comparables a los descritos en el IEP del distrito anterior hasta que el nuevo distrito adopte el IEP anterior o desarrolle un nuevo IEP.
  2. Se muda fuera del estado: el nuevo distrito en el nuevo estado debe proporcionar al estudiante servicios comparables a los descritos en el IEP del distrito anterior hasta que el nuevo distrito realice una evaluación, si es necesario, y desarrolle un nuevo IEP.

En ambas circunstancias, la nueva escuela debe tomar medidas razonables para obtener de inmediato los registros de educación especial del niño y la escuela anterior debe responder de inmediato a la solicitud de registros.

¿Puede mi hijo con discapacidades recibir servicios de educación especial durante el verano?

Sí.

  1. Servicios de año escolar extendido (ESY)

Un estudiante con discapacidades puede recibir servicios de educación especial durante el verano si el equipo del IEP decide que los servicios son necesarios para que el estudiante obtenga una educación significativa. La elegibilidad para los servicios del año escolar extendido puede basarse en los siguientes factores:

  • La probabilidad de que el estudiante pierda habilidades durante el verano
  • Si un programa de verano es necesario para que el estudiante alcance las metas anuales del IEP
  • Una recomendación de un profesional
  • La historia educativa del estudiante.

Se requiere que los distritos escolares desarrollen criterios para que los equipos del IEP los utilicen al determinar la necesidad de un estudiante de servicios de año escolar extendido. Si cree que su hijo requiere servicios de año extendido, solicite una copia de los criterios del distrito. Si se proporciona un programa de verano, tiene que cumplir con las metas del IEP. En otras palabras, la participación en los cursos de la escuela de verano de educación general que se ofrecen a todos los estudiantes puede no ser suficiente. Si el IEP de un estudiante prevé un asistente individual durante el año escolar, él o ella también debe recibir ayuda individual durante el verano. Se debe proporcionar un programa de año escolar extendido sin costo alguno para el estudiante. Si el distrito no tiene un programa de verano apropiado para un estudiante que califica para servicios de año escolar extendido, el distrito debe crear uno o pagar para que el estudiante participe en un programa ofrecido por otro distrito escolar o una organización privada. El distrito debe pagar el transporte y otros costos asociados con el programa de año escolar extendido.

  1. Alojamiento y servicios en la escuela de verano de educación general

Si un estudiante con discapacidades no califica para los servicios de ESY pero se inscribe en el programa de escuela de verano de educación general del distrito, la escuela aún debe proporcionar adaptaciones e instrucción especializada al estudiante. Solicite estos servicios bajo IDEA o la Sección 504 si su hijo necesita ayuda adicional para participar en el programa.

¿Puede un programa de educación especial ayudar a mi hijo en la transición de la escuela a la vida adulta?

Sí, la educación especial debe brindar servicios de transición a los estudiantes que comienzan al menos a los dieciséis años. La educación especial brinda servicios a todos los estudiantes con discapacidades para ayudarlos a prepararse para la vida adulta. Estos servicios, llamados "servicios de transición", están diseñados para promover el movimiento de la escuela a actividades posteriores a la escuela, incluida la educación universitaria y otra educación postsecundaria, programas de capacitación vocacional, programas de vida independiente, servicios para adultos y empleo con apoyo. Los distritos escolares deben comenzar la planificación de la transición para los estudiantes mayores, a más tardar el primer IEP que entrará en vigencia cuando el estudiante tenga 16 años. Esto significa que el distrito escolar debe abordar la planificación de la transición en la reunión anual del IEP antes de que el estudiante cumpla 16 años. Una vez que se aborde la transición, el IEP debe incluir objetivos postsecundarios medibles y apropiados relacionados con la capacitación, la educación, el empleo y, cuando corresponda, las habilidades para la vida independiente y describir los servicios de transición, incluidos los cursos de estudio, que el estudiante necesitará para alcanzar estos objetivos. . Estos objetivos deben basarse en una evaluación de transición apropiada para la edad. Los tipos de servicios de transición que recibe un estudiante deben tener en cuenta sus intereses y preferencias y las habilidades que necesita adquirir.

¿Puedo obtener una copia traducida del IEP de mi hijo?

Sí, debería poder obtener una copia traducida del IEP de su hijo si la necesita para poder entenderlo.

De acuerdo con las reglas de educación especial, los distritos deben traducir los formularios de consentimiento de educación especial y los "avisos previos por escrito". Las reglas de educación especial no dicen nada específicamente sobre la traducción del IEP en sí. Sin embargo, el Departamento de Educación de EE. UU. y el Departamento de Justicia de EE. UU. han explicado que para cumplir con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles, los distritos deben estar preparados para proporcionar traducciones de los IEP. Ellos explican:

Bajo el Título VI, todos los documentos vitales, incluido el IEP de un estudiante, deben ser accesibles para los padres LEP [Dominio limitado del inglés], pero eso no significa necesariamente que todos los documentos vitales deben traducirse para todos los idiomas del distrito. Por ejemplo, una interpretación oral oportuna y completa o un resumen traducido de un documento vital puede ser suficiente en algunas circunstancias. Sin embargo, un distrito debe estar preparado para proporcionar IEP traducidos completos y oportunos para brindar un acceso significativo al IEP y los derechos de los padres que se adjuntan. Esto se debe a que un padre necesita un acceso significativo al IEP no solo durante la reunión del IEP, sino también a lo largo de los años escolares para monitorear el progreso del niño y garantizar que se brinden los servicios del IEP.

https://sites.ed.gov/idea/files/policy_speced_guid_idea_memosdcltrs_iep-translation-06-14-2016.pdf

Si necesita una copia traducida del equipo del IEP de su hijo, comuníquese con el departamento de educación especial del distrito escolar de su hijo.

Si tiene preguntas o inquietudes, llámenos a OEO y podemos tratar de ayudarlo.